Sala de reuniones con personas sentadas y estatuas en las paredes

Reunión en las Juntas Generales de Araba

Las Juntas Generales de Araba han aprobado la nueva Norma Foral de Concejos, que actualiza una regulación de más de 30 años y afecta a las 333 entidades concejiles del territorio. La norma introduce novedades como la regulación de retribuciones y la figura del fiel de fechos.

El pleno de las Juntas Generales de Araba ha aprobado la nueva Norma Foral de Concejos del Territorio Histórico de Araba, que actualiza una normativa con más de 30 años de vigencia y regula las 333 entidades concejiles existentes actualmente en el territorio. La votación contó con el respaldo de EAJ-PNV, PSE-EE, PP, Elkarrekin Araba y Mixto Vox, mientras que EH Bildu Araba votó en contra.

La nueva norma foral sustituye la regulación vigente desde 1984, cuando se aprobó la Norma Foral de 30 de julio de 1984 que reguló la elección de regidores y vocales de los concejos, y la Norma Foral 11/1995, de 20 de marzo, que también normativizaba estos órganos. Los concejos del territorio alavés son entidades locales con presencia en todo Araba, un reconocimiento que fue reforzado por la Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi.

Estructura y contenido de la norma

La nueva normativa consta de ocho títulos, cuatro disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, cinco disposiciones derogatorias y una disposición final. El Título primero establece las disposiciones generales y define lo que se entiende por concejo, mientras que el Título segundo determina las potestades y competencias de estas entidades locales.

El Título tercero regula el régimen electoral de los cargos concejiles, estableciendo los procedimientos para la elección de los representantes. Por su parte, el Título cuarto aborda el régimen orgánico y de funcionamiento concejil, incluyendo la atribución de funciones a los órganos como la presidencia y las vocalías.

Retribuciones y figura del fiel de fechos

Una de las novedades más destacadas es que la nueva norma regula por primera vez el sistema de retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los cargos concejiles. Esta regulación responde a la necesidad de adecuar el régimen jurídico-administrativo de los concejos alaveses a la realidad del siglo XXI.

La figura del fiel de fechos también se incorpora por primera vez a la normativa, regulando su naturaleza, elección y funciones dentro de la estructura concejil. Esta figura tradicional en la administración local alavesa recibe ahora un marco jurídico específico que define sus competencias y responsabilidades.

El segundo capítulo del título cuarto profundiza en el régimen orgánico y las atribuciones de los órganos concejiles. Además, la norma introduce la posibilidad de presentar una moción de censura contra la presidencia, que debe formalizarse mediante una candidatura alternativa.

Hacienda y buen gobierno

El Título quinto regula la hacienda del concejo y presenta el Órgano de Observación del Buen Gobierno, una instancia de control y supervisión de la gestión concejil. En cuanto al régimen de bienes, la norma mantiene las condiciones de arraigo para la adjudicación de aprovechamientos comunales, aunque introduce cambios significativos.

La nueva normativa eleva la antigüedad mínima para beneficiarse de aprovechamientos comunales de uno a dos años. Esta modificación busca garantizar un mayor vínculo de los beneficiarios con el territorio y las comunidades concejiles.

Constitución, modificación y disolución

La norma también regula los procesos de constitución, modificación y disolución de los concejos. Se permite la creación de nuevos concejos siempre que se respete la tradición histórica de estas entidades en el territorio alavés.

En caso de disolución de un concejo, la normativa establece el régimen sucesorio de los bienes de las entidades disueltas, garantizando así la continuidad en la gestión del patrimonio comunal. Esta regulación aporta seguridad jurídica a los procesos de transformación de las estructuras concejiles.

La aprobación de esta norma foral representa un paso en la vertebración del territorio alavés, donde las 333 entidades concejiles constituyen una forma de organización local con profundas raíces históricas y una presencia extendida por todo Araba.

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